🔸 El proyecto de reformas a la Ley General de Salud plantea la universalidad del sistema, mediante el intercambio de servicios entre las instituciones públicas como el IMSS, el ISSSTE y el IMSS Bienestar.

#NACIONAL | La presidenta Claudia Sheinbaum envió a la Cámara de Diputados su iniciativa de reformas a la Ley General de Salud que, entre otros aspectos, prohíbe la producción, transporte, almacenamiento, importación exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos y vapeadores, estableciendo sanción de uno a ocho años de prisión y multa de hasta dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (226 mil 280 pesos) a quien trasgreda dicha disposición.

Asimismo, “quedan prohibidos todos los actos de publicidad o propaganda para el consumo de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación”.

El proyecto de ley reglamentaria de la reforma al artículo 5 constitucional en materia de protección a la salud prohíbe también la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas legalmente, así como el uso ilícito del fentanilo.

La iniciativa remitida a la presidenta de la Mesa Directiva en el Palacio de San Lázaro, Kenia López plantea además la universalidad del sistema de salud, mediante el intercambio de servicios entre las instituciones públicas como el IMSS, el ISSSTE y el IMSS Bienestar.

Para ello, se asigna al Sistema Nacional de Salud el objetivo de “impulsar el acceso universal a la atención médica a través del intercambio de servicios entre instituciones públicas de salud para garantizar el acceso efectivo a la atención oportuna y de calidad para todas las personas”.
Establece de igual forma mecanismos para la compra consolidada de medicamentos.

La Secretaría de Salud deberá planear e integrar la demanda de medicamentos, equipo médico de alta tecnología e insumos para la salud, así como dar seguimiento y asesorías durante los procedimientos de contratación consolidada en los que intervengan las dependencias y entidades de la administración pública federal que presten servicios de atención médica, salud pública y asistencia social, de conformidad con la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Destaca la incorporación a la ley de un nuevo capítulo denominado Salud Digital, que se define como la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación en los servicios de salud, como es el caso de telesalud, telemedicina, salud móvil, registros médicos y dispositivos portátiles.

“La salud digital tiene como finalidades facilitar la prestación de servicios médicos a distancia para permitir la atención de la población sin necesidad de desplazamiento”, indica.

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